Quien esté inconforme con la Cuota alimentaria que está contenida en un documento, ya sea una sentencia u otro documento público o privado, puede pedir que, se le aumente, se le disminuya o se le exonere de la cuota.
Lo que aquí se expone es aplicable a cualquier Cuota alimentaria, ya sea a favor de menores o de mayores de edad, hacemos énfasis frente a los alimentos de menores de edad, dándoles prioridad en razón a su vulnerabilidad y protección.
Existen mecanismos que permiten volver a revisar el valor que se está pagando por la cuota alimentaria, bien sea para aumentarla o para disminuirla, en tal caso recordamos, como lo hemos hecho en otros escritos, que los actos que se han celebrado, en materia de alimentos, se deshacen de la misma forma como se hacen, además esta clase de trámites se pueden revisar, las veces que se quiera, siempre y cuando hayan variado las circunstancias que dieron origen a la celebración del documento.
La parte interesada en que se aumente o se disminuya la cuota, deberá tener en su poder las pruebas que llevarán ante el juez de Familia para solicitar la revisión y será el abogado quien le informe que clase de pruebas serán importantes para la prosperidad de sus pretensiones.
Tratándose de cuota alimentaria para menores de edad, es preciso tener presente la capacidad económica, que cada uno de los padres tiene, para cumplir la obligación alimentaria para sus hijos. No es cierta la creencia que se tiene, que cada padre debe contribuir con el 50% de los gastos de manutención de sus hijos y para ello, serán necesarias las pruebas que se tengan frente a la capacidad económica de los padres. Nuestra sugerencia es y ha sido, que el interesado en que su cuota sea revisada, se asesore de un profesional en Derecho de Familia, con el fin de tener la seguridad que, al acudir a un trámite conciliatorio o ante el Juez de Familia, si es del caso, sus pretensiones realmente tengan solidez y que no vaya a perder tiempo y dinero en un trámite llamado a fracasar, por eso, la importancia de las pruebas que tenga.