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Si es usted el que acude como reclamante, tenga en cuenta si en verdad esta relacionando todo lo que conlleva el concepto de “alimentos” o si está siendo citado revise si efectivamente debe pagar todo lo que le están diciendo que debe cubrir.
Para la fijación de una cuota alimentaria ya sea para menores de edad o para mayores de edad, es importante conocer los gastos que tiene el necesitado, así como los ingresos del obligado y las personas que el obligado tiene a cargo.
Existen errores comunes cuando se trata de fijar una cuota de alimentos¸ como creer que los alimentos se pagan en un 50% para cada progenitor, por eso sea cuidadoso en los compromisos que adquiere.
Creer que al acudir a Instituciones gratuitas como ICBF, Comisarías de Familia, Personería, Defensoría del Pueblo, Procuraduría o cualquier otra, le aseguran que le van a asignar lo justo puede ser tan solo una ilusión, bien dicen que “ lo barato sale caro” y no es infundada esta afirmación, ya que a lo largo de estos años de experiencia, estos acuerdos me han permitido que la empresa que lidero tenga el prestigio de poder haber revisado docenas de casos en los que las irregularidades saltan a la vista, por eso no lo dude en consultarnos, estamos para hacer que lo imposible, sea posible.
Para complementar, le sugiero visite la sección “CONSEJOS BASICOS ANTES FIRMAR CUALQUIER ACUERDO DE FAMILIA”
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